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Mediante una serie de órdenes emitidas en 2008, la
Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) adoptó
normas relativas a la asignación de números geográficos telefónicos de diez
dígitos a personas con discapacidad auditiva y/o del habla que usan los
Servicios de Retransmisión de Video (VRS, por sus siglas en inglés) o de
Retransmisión de Protocolo de Internet (Retransmisión de IP), dos formas de
Servicios de Retransmisión de Telecomunicaciones (TRS, por sus siglas en
inglés) vía Internet. Un número geográfico telefónico de diez dígitos es el
mismo tipo de número telefónico que ha sido usado durante décadas por
usuarios de teléfonos de voz suscritos al servicio de telefonía local. La
FCC adoptó las exigencias de la numeración de diez dígitos en conjunto con
las nuevas exigencias en el manejo de llamadas de emergencia al 911 mejorado
para los proveedores de VRS y de Retransmisión de IP.
De conformidad con estas normas, muchos usuarios de VRS
y de Retransmisión de IP, elegibles, se han inscrito ya con un proveedor de
VRS o de Retransmisión de IP (un “proveedor predeterminado”) para obtener un
número geográfico telefónico de diez dígitos. Como resultado, estos usuarios
de VRS y de Retransmisión de IP han podido recibir llamadas a sus nuevos
números telefónicos de diez dígitos por parte de usuarios de teléfonos de
voz. Los usuarios de telefonía de voz ya no necesitan conocer la dirección
IP del usuario de VRS o de Retransmisión de IP para completar la llamada.
Nueva fecha tope
Se recuerda a los usuarios de VRS o de Retransmisión
de IP que si aun no lo han hecho, se registren con el proveedor de VRS o de
Retransmisión de IP de su preferencia, lo antes posible y hasta el 12 de
noviembre de 2009. Después del 12 de noviembre de 2009, todos los usuarios
de VRS y Retransmisión de IP deberán estar registrados con un proveedor
predeterminado para efectuar llamadas que no sean de emergencia mediante un
proveedor de VRS o de Retransmisión de IP. Adicionamente, después de esa
fecha, los proveedores de VRS y de Retransmisión de IP ya no completarán
llamadas a números “sustituto” o “alias” que puedan haber obtenido
previamente de un proveedor.
Previamente, la fecha tope para inscribirse era el 30 de
junio de 2009. Sin embargo, a fines de abril, la mayoría de los proveedores
de VRS y de Retransmisión de IP pidieron a la FCC una extensión de la fecha
tope. Por eso, para eliminar cualquier posible confusión entre los usuarios
y responder frente a cualquier asunto técnico, la FCC aplazó la fecha tope
de inscripción hasta el 12 de noviembre de 2009.
A los usuarios de VRS y de Retransmisión de IP se les
recuerda proporcionar información exacta sobre su ubicación física a su
proveedor predeterminado y actualizar esa información cada vez que ella
cambie. Entregar esa información asegura que en caso de emergencia, el
proveedor seleccionado pueda conectar automáticamente cualquier llamada al
911, derivando al usuario de VRS o de Retransmisión IP al personal de
servicios de emergencia apropiado, incluyendo los que se encuentran cerca de
la ubicación de quien llama. La inscripción con un proveedor predeterminado,
incluyendo la actualización de la información del usuario, es de importancia
crítica para el manejo efectivo de las llamadas al 911.
Datos a usuarios de VRS y de Retransmisión de IP
para llamadas de emergencia
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Asegúrese de estar familiarizado con los
procedimientos de su proveedor para actualizar su Ubicación Registrada y
actualice rápidamente la información si ésta cambia.
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Conozca las limitaciones de su servicio y tenga un
plan para hacer llamadas de emergencia en el caso de que se interrumpa
la corriente eléctrica o la Internet. Le convendría mantener un aparato
de TTY y una línea telefónica tradicional o instalar una fuente de
energía de respaldo.
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Informe a sus hijos, niñeras y visitantes respecto
al uso del servicio de VRS o de Retransmisión de IP y sobre las
limitaciones, si las hay, para hacer llamadas de emergencia.
Presentación de quejas ante la FCC
Si tiene algún problema para completar una llamada al 911
mediante un proveedor de VRS o de Retransmisión de IP, notifique al
proveedor. También puede presentar una queja ante la FCC. No tendrá que
pagar por la presentación de quejas. La manera más fácil de presentar una
queja es acceder a los formularios de quejas de la FCC, en línea, los que se
encuentran en el sitio en Internet de la FCC,
www.fcc.gov/cgb/complaints_spanish.html. Usted
también puede presentar una queja ante el Centro para el Consumidor de la FCC
enviando un correo electrónico a
fccinfo@fcc.gov; llamando al 1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322) voz o al
1-888-TELL-FCC (1-888-835-5322) TTY; enviarla por fax al 1-866-418-0232 o
escribir a la FCC a la siguiente dirección:
Federal Communications Commission
Consumer & Governmental Affairs Bureau
Consumer Inquiries and Complaints Division
445 12th Street, SW
Washington, DC 20554.
Para más información
Para obtener más información sobre TRS, VRS o
Retransmisión de IP o para conocer más sobre los programas de la FCC
destinados a promover el acceso a los servicios de telecomunicaciones para
discapacitados, visite el sitio en Internet del Despacho de los Derechos de
los Discapacitados en
www.fcc.gov/cgb/dro/welcomeSpanish.html. Para obtener información sobre
otros temas de telecomunicaciones, visite el sitio en Internet de la Oficina
de Asuntos Gubernamentales y del Consumidor en www.fcc.gov/cgb/spanish/
o contacte al Centro del Consumidor de la FCC usando la información
proporcionada en la sección de presentación de quejas.
06/18/09
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Federal Communications Commission · Consumer
& Governmental Affairs Bureau · 445 12th St. S.W. ·
Washington, DC 20554 |
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1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322) ·
TTY: 1-888-TELL-FCC (1-888-835-5322) · Fax: 1-866-418-0232 · www.fcc.gov/cgb/
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