Antecedentes

Los consumidores se quejan con frecuencia ante la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) de los programas de radio de llamadas en directo o a micrófono abierto. Generalmente objetan el tema discutido o la exactitud o imparcialidad de los comentarios. Los consumidores también se quejan de que sus llamadas han sido limitadas o bloqueadas por la estación, o de que los presentadores del programa no son objetivos, no estàn suficientemente informados, y/o son descorteses. Muchos consumidores también se quejan de que la naturaleza de los temas abordados, como montajes publicitarios o programas chocantes (“shock jock”) es obscena, indecente, profana, u ofensiva.

¿Cuàles son las obligaciones de las estaciones de radio y televisión?

La FCC regula la transmisión de programas obscenos, indecentes, y profanos. No obstante, ni la FCC ni ninguna otra agencia gubernamental pueden ordenar que las estaciones de radio y televisión presenten o dejen de presentar programas específicos ni pueden decirles cómo presentar sus programas de llamadas en directo y otros programas.

Las estaciones de radio y televisión son responsables de decidir lo que sus estaciones presentan al público. Las estaciones de radio y televisión deben tener en cuenta los temas locales de importancia para la comunidad a la que sirven sus estaciones, y deben ofrecer programas que informen a sus audiencias sobre esos temas. La selección de temas y tipos de programas ofrecidos son la responsabilidad de las estaciones de radio y televisión. Los programas de llamadas en directo no se han de utilizar obligatoriamente para discutir temas de la comunidad.

Las estaciones de radio y televisión no tienen la obligación de dar a nadie en particular la oportunidad de participar en un programa a menos que el programa involucre a un candidato a un cargo público.

En general, las estaciones de radio y televisión tienen amplia libertad para seleccionar su programación. La Primera Enmienda de la Constitución y la Ley de Comunicaciones prohíben que la FCC se involucre en la selección del contenido de programas específicos o que de cualquier otro modo, participe en actividades que pudieran ser consideradas como censura.

Aspectos específicos de las normas de la FCC respecto a programas obscenos, indecentes o profanos

El Congreso ha dado a la FCC la responsabilidad de hacer cumplir administrativamente la ley que regula la programación de naturaleza obscena, indecente, y profana. La FCC puede revocar la licencia de una estación, imponer una multa o presentar una amonestación por la transmisión de material obsceno, indecente, o profano.

El lenguaje obsceno no està protegido por la Primera Enmienda de la Constitución y no puede ser transmitido en ningún momento. La Suprema Corte ha establecido que, para ser considerado obsceno, el material debe pasar una prueba que considera tres aspectos:

  • Una persona en general, aplicando el estàndar actual de la comunidad, debe considerar que el tema, en su integridad, tiene una naturaleza lasciva.
  • El material debe representar o describir, de forma claramente ofensiva, una conducta sexual según la definición de la ley aplicable a esta àrea.
  • El material, en su integridad, debe carecer de valor literario, artístico, político, o científico serio.

La FCC ha definido una transmisión indecente como “lenguaje o material que, en contexto, representa o describe de forma ofensiva -- según el estàndar de la comunidad actual para ese medio de transmisión-- órganos o actividades sexuales o excretores.” Un programa indecente contiene material sexual o excretor claramente ofensivo que no llega al nivel de obscenidad. Los tribunales han mantenido que el material indecente està protegido por la Primera Enmienda y que no puede ser prohibido por completo. El reglamento de la FCC prohíbe el lenguaje indecente en programas de radio y televisión entre 6 a.m. y 10 p.m., cuando hay un riesgo razonable de que los niños formen parte de la audiencia.

La FCC define material profano como “uno que incluye lenguaje tan extremadamente ofensivo para el público oyente, que llega a ser un fastidio.” Al igual que el lenguaje indecente, el lenguaje profano està prohibido en programas de radio y televisión entre 6 a.m. y 10 p.m.

En caso de comentario o inquietudes sobre una transmisión específica

Todos los comentarios y/o inquietudes sobre un programa específico deberían dirigirse por escrito a las estaciones y a las redes emisoras involucradas para que las personas encargadas de la programación estén mejor informadas sobre las opiniones de la audiencia.

Para quejas sobre programas obscenos, indecentes o profanos

La aplicación de la ley al respecto està basada en quejas documentadas enviadas por el público sobre material específico obsceno, indecente, o profano. El contexto es un factor clave en la determinación de obscenidad, indecencia, y profanidad. La FCC analiza qué se transmitió exactamente, el significado y el contexto en el que se transmitió. Por consiguiente, le pedimos que proporcionen la siguiente información:

  • Información referente a los detalles de lo que se dijo o representó durante la transmisión
    El agraviado puede elegir en qué formato facilitar la información, pero ésta ha de ser lo suficientemente detallada para que la FCC pueda determinar las palabras o el lenguaje usados o las imàgenes o escenas representadas durante el programa y el contexto de esas palabras, lenguaje, imàgenes o escenas. El tema por si sólo no es suficiente para determinar si el material es obsceno, indecente o profano. Por ejemplo, el sólo hecho de declarar que el programa ofensivo “debatía sobre sexo” o incluyó “una discusión repugnante sobre sexo” no es suficiente. Ademàs, la FCC tiene que conocer el contexto cuando analiza si las palabras o imàgenes específicas son obscenas, indecentes o profanas de manera aislada. La FCC no requiere que los agraviados faciliten cintas o transcripciones que respalden sus quejas. Consecuentemente, el no facilitar una cinta o transcripción de un programa, no conlleva una denegación o rechazo automàtico de una queja. No obstante, una cinta o transcripción son útiles en la tramitación de una queja y si estuvieran disponibles, deberían proporcionarse.
  • Fecha y hora de la transmisión
    Según la ley federal, si la FCC impone una sanción monetaria a una estación de radio o televisión por infringir una norma, debe especificar la fecha en que la infracción tuvo lugar. Por consiguiente, es importante que las quejas especifiquen la fecha en que el material en cuestión fue transmitido. El lenguaje indecente o profano transmitido entre las 10 p.m. y 6 a.m. no es sancionable. Por consiguiente, la FCC tiene que conocer la hora en que el material fue transmitido.
  • La identificación de la estación, el canal, o la frecuencia de la estación involucrada
    Para poder sancionar la transmisión de material prohibido, la FCC debe poder identificar a la estación que transmitió el material. Al facilitar la identificación de la estación, el canal o la frecuencia de la estación, usted nos ayudarà a procesar la queja de forma ràpida y eficiente.

Cualquier documento que usted presente a la FCC sobre su queja pasa a formar parte de los archivos de la FCC y puede no ser devuelto.

 

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